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UCC quiere establecer reglas básicas en la blockchain y criptofinanciación
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En su reunión anual en julio, ULC aprobó una versión final de las enmiendas del Comité Conjunto ULC-ALI sobre Tecnologías Emergentes (ETC) en UCC, que incluye una Sección 12 completamente nueva dedicada a la definición de varias clases de activos digitales y el establecimiento reglas de juego. para una financiación encriptada segura. El nuevo artículo 12 se articulará con una serie de modificaciones a los actuales artículos 9 (transacciones garantizadas) y artículo 3 (títulos negociables).
El ETC se creó en 2019 para responder a una lista creciente de preguntas legales que surgen de las características únicas e intangibles de las criptomonedas, las NFT y otros activos digitales emergentes, incluida, de manera significativa, cómo se pueden perfeccionar los activos digitales de garantías reales.
La nueva Sección 12 se ocupa de las transferencias de intereses en una clase general de activos digitales con visión de futuro llamada «registros electrónicos verificables» (CER), un término que fue diseñado intencionalmente para ir más allá de los conceptos de contabilidad distribuida y tecnologías de cadena de bloques para capturar Futuros activos digitales intangibles que aún no se han inventado.
Según el nuevo 12-102(a), una CER se define vagamente como «un registro almacenado en medios electrónicos», pero excluye específicamente, entre otras cosas, «dinero electrónico», registros electrónicos de deuda en forma de pagaré («pago controlable»). intangibles”). y registros electrónicos de cuentas por cobrar (“cuentas controlables”). Pero según ETC puntas
Los CER incluyen NFT porque los NFT no se incluyen específicamente en ninguna de estas categorías excluidas de activos digitales.
Las enmiendas propuestas al Artículo 9 se enfocan en gran medida en aclarar los procedimientos para la incautación y la oponibilidad a terceros de garantías reales en CER y «dinero electrónico», incluido lo que constituye «control» de activos digitales intangibles que no pueden ser «controlados» físicamente. Curiosamente, la definición revisada de «dinero» define «dinero electrónico» para referirse a las monedas digitales fiduciarias (monedas digitales emitidas por el banco central o CBDC), mientras que las criptomonedas no fiduciarias, como Bitcoin y Ether, están excluidas (incluso si luego son adoptadas por un gobierno como moneda de curso legal, las monedas virtuales que existían antes de la adopción oficial del gobierno no se consideran «moneda» según la definición revisada, sino que se consideran CER). En términos prácticos, esto significa que la perfección de una garantía mobiliaria en la CBDC solo se puede lograr a través del «control» de la CBDC por parte del prestamista (es decir, una declaración de financiamiento de la UCC no será suficiente).
Según el Nuevo 9-105A, se considerará que un prestamista tiene el «control» del dinero electrónico si «un registro adjunto o lógicamente asociado con el dinero electrónico o un sistema en el que se registra el dinero electrónico» otorga al prestamista el «poder exclusivo » para controlar su transferencia y la cadena de bloques subyacente, o «sistema en el que se registra el dinero electrónico», permite al prestamista «identificarse fácilmente» como la parte controladora (es decir, a través de «nombre, número de identificación, clave criptográfica, oficina o cuenta número”) Los nuevos 9-107A y 12-105(a) crean reglas idénticas para establecer el control de CER, cuentas controlables y activos intangibles de pago controlables.
En la aplicación práctica, las reglas de «control» de los nuevos 9-107A y 12-105 significan que, para perfeccionarse primero en garantías de criptomonedas (no fiduciarias), un prestamista deberá adquirir la clave privada de su prestatario y transferirla. la criptografía a una billetera que el prestamista (o un tercero fideicomisario o custodio) controla únicamente. Alternativamente, y de manera más simple, se puede obtener el control bajo el Nuevo 12-105 (b) a través de un contrato inteligente autoejecutable en la cadena de bloques aplicable (es decir, en el que la criptomoneda comprometida se devuelve automáticamente al prestatario al vencimiento o se transfiere al cartera del prestamista en caso de incumplimiento).
En sustancia, el nuevo Artículo 12 (12-104(e)) aclara que la regla de «toma gratuita» establecida en el Artículo 8 (8-303) protegerá a los «compradores calificados» de RCE, es decir, un comprador que obtiene el control de una CER sin notificación de cualquier reclamo adverso o garantía mobiliaria en la CER hará que la CER (y cualquier cuenta por cobrar controlable o deuda de pagaré evidenciada por ella) esté libre y libre de cualquier garantía anterior.
Estas enmiendas UCC se publican luego de la promulgación por parte de un puñado de estados (Wyoming, Kentucky, Idaho y Tennessee) de leyes no uniformes que intentan definir y regular los intereses en los activos digitales. Aunque los plazos varían de un estado a otro, es probable que la mayoría de las legislaturas estatales aprueben los cambios propuestos por el ETC.
La necesidad de los cambios es clara: disputas significativas y dolorosas sobre los derechos relativos de los cripto prestamistas, prestatarios y depositantes en las recientes declaraciones de bancarrota del Capítulo 11 por parte de las plataformas comerciales y de préstamo. viajes digitales y Capital de las Tres Flechas marcharse con pocas o ninguna guía legal establecida. Y los modelos de negocio de las plataformas de préstamo seguras criptográficas/NFT existentes como Arcada y BloqueFi continúe confiando completamente en la creencia de que los contratos inteligentes autoejecutables de hecho otorgan a los prestamistas un interés de seguridad prioritario en la garantía criptográfica.
Al igual que con toda nueva legislación importante, la interpretación y aplicación en el mundo real de estas Enmiendas UCC por parte de los tribunales llevará algún tiempo para desarrollarse, tiempo que se agregará al cronograma TBA para la promulgación estado por estado de las enmiendas propuestas. Mientras tanto, los prestamistas y prestatarios garantizados por activos digitales deberán retirarse y continuar evaluando los riesgos inherentes en este espacio técnicamente complejo y que cambia rápidamente.